Una consulta pública del Servicio Agrícola y Ganadero (SAG) sobre los requisitos para comercializar semilla corriente en Chile desató en las últimas semanas un intenso debate ciudadano. Mientras el organismo insiste en que se trata de una actualización normativa que no afecta las prácticas tradicionales, organizaciones ligadas a la agricultura campesina y la soberanía alimentaria advierten que el texto podría restringir el intercambio histórico de semillas. Repasamos los hechos y las declaraciones que han surgido hasta ahora.
Qué es exactamente esta consulta
El Servicio Agrícola y Ganadero (SAG) abrió el 8 de junio de 2026 una consulta pública sobre un proyecto de resolución titulado “Establece requisitos para la comercialización de semilla corriente y deroga Resolución que indica”, con plazo para enviar observaciones hasta el 10 de agosto de 2026. Según el propio organismo, las respuestas a las observaciones ciudadanas se publicarán el 22 de septiembre de 2026.
La propuesta contempla, entre otros puntos, la creación de un registro obligatorio de comerciantes de semillas, exigencias de registros contables, una definición amplia del concepto de “comercialización”, estándares de calidad y umbrales de flexibilización según la escala del comercializador. El SAG explicó que el objetivo es actualizar la normativa vigente —basada en el Decreto Ley N°1.764 de 1977 y la Resolución N°3.080 de 2022— para hacerla, en sus propias palabras, “más inclusiva, eficiente y acorde a la realidad de la agricultura familiar campesina, la pequeña escala productiva y el crecimiento del comercio electrónico”.
La respuesta oficial del SAG ante la controversia
Ante las críticas que comenzaron a circular, el propio SAG emitió una aclaración pública. El organismo sostuvo que la iniciativa busca “ordenar, actualizar y simplificar la normativa vigente”, y que “la mayor parte de las exigencias incluidas en esta propuesta no son nuevas, ya que se encuentran vigentes desde la Resolución N.° 3.080 de 2022 e, incluso, desde el Decreto Ley N.° 1.764 de 1977”. El Servicio afirmó además que la propuesta no afecta las prácticas tradicionales de conservación e intercambio de semillas sin fines comerciales, e incorpora medidas para facilitar la inscripción de variedades mediante procedimientos simplificados, formatos alternativos de descripción varietal y, en casos justificados, la exención de presentar muestras estándar, con el fin de reducir barreras para pequeños comercializadores.
Las declaraciones de quienes se oponen
La organización más activa en la oposición a la propuesta es la Red de Semillas Libres Chile, que a fines de julio hizo un llamado público a “desbordar” la consulta con observaciones ciudadanas antes del cierre del plazo. En un comunicado difundido a través de distintos medios, la organización sostuvo: “de aprobarse sin modificaciones, la resolución obligaría a agricultores familiares, huerteros y guardadoras de semillas a inscribirse como comerciantes, registrar sus variedades, etiquetar sus semillas y entregar kilos de muestras al SAG”, calificando esas exigencias como “diseñadas para semillas industriales, imposibles de cumplir a pequeña escala”. La organización también cuestionó la definición de “comercio de semillas” que maneja el proyecto, señalando que esta incluye toda cesión “a título no oneroso”, lo que en su interpretación implicaría que regalar o intercambiar semillas también podría considerarse un acto de comercio.
Las periodistas Lucía Sepúlveda Ruiz y Carolina Agurto Flores, en un artículo publicado en la edición chilena de Le Monde Diplomatique, plantearon además que la propuesta “desconoce la existencia de las variedades de semilla tradicional, criollas y locales”, y argumentaron que la resolución entraría en tensión con compromisos internacionales suscritos por Chile, entre ellos el Pacto Internacional de Derechos Económicos, Sociales y Culturales y la Declaración de la ONU sobre los Derechos de los Campesinos y de Otras Personas que Trabajan en las Zonas Rurales, este último instrumento suscrito por Chile durante el segundo gobierno de Sebastián Piñera.
Lo que reporta la prensa sobre el fondo del debate
Según un análisis de BioBioChile, la controversia surge específicamente por “posibles restricciones a intercambios tradicionales de semillas y falta de consulta indígena”, y cita a expertos que proponen diferenciar la regulación para proteger tanto el trueque tradicional como la pequeña comercialización campesina, distinguiéndola de las exigencias pensadas para semillas certificadas o industriales.
Lo que viene
Con el plazo de la consulta pública cerrando el 10 de agosto de 2026 y el SAG comprometido a publicar sus respuestas a las observaciones ciudadanas el 22 de septiembre, el resultado final de este proceso dependerá de qué tan dispuesto esté el organismo a incorporar los ajustes que solicitan las organizaciones campesinas y de soberanía alimentaria, en un debate que combina consideraciones técnicas, agrícolas y de derechos culturales que, por ahora, sigue abierto.
por José Rios
